El Síndic de Greuges exige al alcalde de Sedaví permitir el acceso telemático a la oposición

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PorRedacción

octubre 9, 2026

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana ha dado la razón a la reclamación formulada por el portavoz del Grupo Municipal Popular en Sedaví, Raúl Hellín. La queja señalaba los constantes obstáculos impuestos por el consistorio, encabezado por el socialista José Cabanes, para consultar documentación mediante medios digitales.

En su pronunciamiento, el defensor autonómico recalca que acceder a la documentación oficial constituye un derecho fundamental vinculado al ejercicio del cargo electo. La resolución subraya que todos los ediles de la corporación disponen de idénticas facultades y obligaciones con independencia de su labor en el gobierno o en la oposición local.

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Cuestionamiento al sistema de carpetas físicas y cribas documentales

Uno de los puntos clave del dictamen aborda la imposición de consultas presenciales con documentación seleccionada de forma previa por el consistorio. El Síndic advierte de que preparar expedientes físicos consume tiempo y medios públicos que deberían dedicarse a facilitar el examen directo mediante las herramientas digitales existentes.

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Raúl Hellín ha recordado que la labor de control resulta incompatible con filtros elaborados por el propio equipo evaluado. El portavoz popular insiste en que revisar expedientes completos sin traslados forzosos a dependencias administrativas constituye una garantía democrática básica para supervisar la gestión diaria con normalidad.

Recomendación formal de entrada a la plataforma informática municipal

El organismo insta a que el Ayuntamiento de Sedaví abra los registros, libros de actas y resoluciones de Alcaldía a través del sistema telemático. La recomendación solicita que cualquier concejal opositor disfrute de las mismas condiciones técnicas de consulta de las que disponen los integrantes del ejecutivo municipal.

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A partir de esta notificación formal, el gobierno que encabeza José Cabanes cuenta con un plazo de un mes para comunicar si acata las indicaciones. En caso afirmativo, la administración local tendrá que detallar las medidas aplicadas para abrir los canales informáticos, mientras que una negativa exigirá una justificación motivada ante el defensor autonómico.

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