El Tribunal de Instancia de Catarroja continúa avanzando en la investigación de las diligencias previas, abiertas por presuntos delitos de homicidio y lesiones por imprudencia. La magistrada instructora, N.R.T., ha dictado nuevas resoluciones en las que acuerda incorporar pruebas audiovisuales, mensajes de grupos de WhatsApp y Telegram y nuevas declaraciones testificales relacionadas con los hechos investigados.
Entre las principales decisiones adoptadas figura la citación para declarar el próximo 25 de mayo de 2026 a las 9:30 horas de A.F.T., alcaldesa de Torrent, quien comparecerá como testigo.
Asimismo, el juzgado ha ordenado a la Policía Judicial de Alfafar el pixelado de los rostros que aparecen en varios vídeos remitidos por el testigo A.P.R., material que, según consta en la diligencia de ordenación, le habría sido facilitado por la empresa SGISE. Una vez anonimizados, los vídeos serán incorporados a la causa y puestos a disposición de las partes personadas.
La investigación también suma nuevos mensajes y archivos audiovisuales aportados voluntariamente por varios testigos. El juzgado ha concedido un plazo de cinco días a S.M.L.B. para entregar conversaciones mantenidas el 29 de octubre de 2024 en tres grupos de WhatsApp mencionados durante su declaración. La letrada de la Administración de Justicia deberá cotejar posteriormente el contenido y dejar constancia de los integrantes de cada grupo.
Del mismo modo, se han incorporado mensajes y vídeos entregados por el testigo J.U.A., procedentes de distintos grupos de WhatsApp y Telegram vinculados a jefes de comarca de la provincia de Valencia y organismos de coordinación territorial. También se han añadido fotografías relacionadas con el pantano de Buseo y con una finca en la que residían varias de las personas afectadas.
En paralelo, el juzgado ha abierto nuevas actuaciones dirigidas a familiares de víctimas incluidas en distintas piezas separadas de fallecimiento. Las resoluciones contemplan ofrecimientos de acciones judiciales y la posible elaboración de informes forenses sobre daños morales y secuelas psicológicas por parte del Instituto de Medicina Legal.
Por otra parte, la magistrada ha desestimado el recurso de revisión presentado por la representación de C.M.G. contra un decreto de abril de 2026 relacionado con el acceso a determinadas actuaciones de la causa. El auto concluye que no procede facilitar documentos procesales a quien mantiene la condición de testigo y no de parte personada en el procedimiento.
La resolución recuerda además que contra este auto no cabe recurso, de acuerdo con la doctrina ya fijada por la Audiencia Provincial de Valencia.
La causa sigue bajo secreto parcial en algunos extremos y continúa centrada en esclarecer las posibles responsabilidades derivadas de los hechos investigados bajo la calificación provisional de homicidio y lesiones por imprudencia.



