- El Ejecutivo estudia recurrir la decisión del Supremo, que mantiene la suspensión del voto para el 29-N a miles de españoles nacionalizados por esta vía. La Abogacía del Estado cifra en 163.020 las personas afectadas.
El Gobierno mantiene abierto el frente judicial para defender el derecho a votar de los ciudadanos acogidos a la Ley de Nietos. Tras la negativa del Tribunal Supremo a levantar la suspensión cautelar que les aparta de las elecciones generales del 29 de noviembre, el Ejecutivo analiza la viabilidad de acudir en amparo ante el Tribunal Constitucional, aunque la presentación formal del recurso todavía no se ha formalizado.
El calendario corre en contra de la administración, con el cierre del censo electoral a la vuelta de la esquina y los comicios fijados a poco más de seis semanas. Esta disputa legal no anula la nacionalidad obtenida mediante la Ley de Memoria Democrática de 2022, pero congela cautelarmente los efectos electorales de las inscripciones formalizadas dentro del Censo Electoral de Residentes Ausentes.
El criterio del Supremo para blindar el censo electoral
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo desestimó la petición de la Abogacía del Estado, respaldada por la Fiscalía, para suprimir la medida dictada en septiembre a raíz de los recursos presentados por Vox e Iustitia Europa. Los magistrados determinaron que la integridad del censo debe prevalecer mientras se revisa la instrucción técnica que distinguió a los descendientes vinculados a supuestos de exilio.
Frente al argumento estatal de que revisar miles de expedientes a tiempo resulta imposible, el tribunal decidió mantener la medida con un voto particular en contra. Dicha magistrada discrepante alertó del daño directo que esta resolución ocasiona sobre el derecho de sufragio de los afectados, quienes quedan excluidos de forma provisional salvo acreditación individual expresa.
Afectados en el censo exterior y opciones ante las urnas
Los datos aportados por la Abogacía del Estado cifran en 163.020 las personas directamente alcanzadas por esta suspensión cautelar. Esta cuantía no engloba a la totalidad de quienes obtuvieron la nacionalidad española al amparo de la Ley de Nietos, sino exclusivamente al grupo sobre el que recae la controversia censal en el exterior de cara a la cita con las urnas del 29 de noviembre.
El Supremo ha otorgado un plazo de cinco días para formalizar alegaciones, abriendo una ventana muy estrecha para los ciudadanos implicados. Entre tanto, el Ejecutivo busca encajar la defensa de estos derechos fundamentales en la vía constitucional, en una carrera procesal contranotaria donde cualquier decisión marcará definitivamente quién podrá ejercer el voto exterior.






















