Polémica por las autorizaciones de la Delegación del Gobierno en los actos del aniversario de la dana

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Porecos valencia

octubre 29, 2026

Aún con la resaca del accidente de ayer en Urda, tenemos que hablar de la Dana. La conmemoración del segundo aniversario de la catástrofe del 29 de octubre de 2024 en l’Horta Sud ha derivado en una controversia administrativa sobre las garantías del derecho fundamental a la protesta. Dos convocatorias presentadas por diferentes colectivos han recibido resoluciones distintas por parte de los organismos competentes.

Las informaciones trascendidas apuntan a que la Delegación del Gobierno permitió la concentración de colectivos centrados en exigir explicaciones al Consell de Carlos Mazón, entre cuyos referentes figuran Rosa Álvarez y Mariló Gradolí, mientras denegó la solicitada por Unión del Pueblo 29, entidad que reclama depurar también las decisiones del Ejecutivo central de Pedro Sánchez.

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Disparidad de criterios en las peticiones registradas para l’Horta Sud

La discrepancia adquiere relevancia dado que Unión del Pueblo 29 habría registrado su petición con anterioridad en el calendario. Aunque el orden temporal no es el único factor jurídico determinante, la denegación administrativa en paralelo a la luz verde concedida al otro acto exige una justificación técnica detallada.

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El esclarecimiento de responsabilidades por la catástrofe no debería fragmentar a los colectivos ciudadanos ni condicionar la fiscalización pública de los protocolos de alerta. La actuación de las distintas administraciones, tanto la autonómica como la estatal, permanece sujeta a las demandas de los afectados.

Imparcialidad institucional y garantías de la libertad de expresión

El relevo en la Delegación del Gobierno sitúa la gestión de estas manifestaciones de la dana bajo la lupa ciudadana, en un momento donde la neutralidad resulta indispensable para evitar interpretaciones partidistas. La institución debe velar por el marco legal sin que el contenido de las pancartas determine la viabilidad de una concentración.

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Los motivos de seguridad invocados en este tipo de resoluciones precisan de argumentos objetivos y proporcionales. Reconocer el derecho de reunión implica garantizar la convivencia de distintas sensibilidades críticas sin aplicar restricciones arbitrarias ante convocatorias que fiscalicen la gestión pública.

Puedes ampliar la información en la fuente original de la información. Sigue más noticias de Actualidad en Ecos de Valencia.

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