Requisitos para las candidatas
• Todas las comisiones que forman parte del censo oficial fallero de la Junta Central Fallera podrán presentar una candidata infantil y una candidata mayor, censada en la comisión, para aspirar a ser Fallera Mayor Infantil de Valencia 2027 y Fallera Mayor de Valencia 2027.
• Las candidatas infantiles aspirantes a Fallera Mayor Infantil de Valencia, en cumplimiento de la Resolución del Síndic de Greuges de 19 de enero de 2024 y del informe de la Secretaría General de la Administración Municipal, de 1 de marzo de 2024, a los efectos de presentación de candidaturas infantiles aspirantes a Fallera Mayor Infantil de Valencia deberán estar censadas en la comisión infantil al término del plazo de inscripción establecido en el calendario que se apruebe en la Asamblea de Presidentes y Presidentas.
• Las candidatas aspirantes a Fallera Mayor de Valencia deberán estar censadas en la comisión mayor en el momento finalice el plazo de inscripción establecido en el calendario que se apruebe en la Asamblea de Presidentes y Presidentas.
• Las candidatas, deberán estar dadas de alta como mínimo, dos ejercicios en el censo de la comisión que las presenta con anterioridad a la fecha de solicitud. Ejercicio 2026-2027 y Ejercicio 2025-2026. Las comisiones deberán velar por el cumplimiento de esta condición, que será comprobada por la Junta Central Fallera.
• No podrá presentarse ninguna aspirante que esté sujeta a sanción o expediente disciplinario de posible sanción pendiente de resolver por la Delegación de Incidencias de la Junta Central Fallera o instancia superior. • Las aspirantes solo podrán presentarse a la preselección del ejercicio en curso en representación de la comisión que la haya presentado, en la que estén censadas y por el sector de pertenencia de esta. Si la candidata está censada en más de una comisión, no podrá representar a dos comisiones y sectores diferentes.
• Si una fallera ha pertenecido a la Corte de Honor de la Fallera Mayor de Valencia, no podrá presentarse nuevamente al proceso de elección de Fallera Mayor de Valencia.
• Las aspirantes asumen que, en caso de salir preseleccionadas, están obligadas a cumplir con las asistencias a las pruebas a las que se les requiera mientras dure todo el proceso de elección (desde julio de 2026 hasta octubre de 2026), salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada; igualmente las aspirantes que finalmente sean elegidas Falleras Mayores de Valencia o Componentes de las Cortes de Honor estarán obligadas a asistir mientras ostenten el cargo (desde octubre de 2026 hasta octubre de 2027) a todos los actos en los que se requiera su presencia salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada, así mismo deberán tener un comportamiento adecuado y asumir la responsabilidad que conlleva su cargo siempre que se encuentren en actos oficiales, atendiendo en todo momento las indicaciones al respecto de la Directiva de la Junta Central Fallera, anteponiendo los requerimientos de Junta Central Fallera y el Ayuntamiento de Valencia a los particulares y los de sus respectivas comisiones, sectores o agrupaciones.
La aceptación de estas normas implica la cesión de todos los derechos de imagen a la Junta Central Fallera mientras se ostente el cargo y el cumplimiento de los requisitos indicados en cuanto a publicaciones de indumentaristas y fotógrafos particulares para no perjudicar la labor de los oficiales, siendo los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Valencia quienes diriman cualquier injerencia al respecto.
• La participación en este proceso supone la aceptación libre y voluntaria por parte de todas las candidatas de optar a ejercer el cargo de Fallera Mayor de Valencia o Fallera Mayor Infantil de Valencia 2027, implicando la renuncia al cargo por motivos personales una vez haya sido elegida, el abandono voluntario durante el proceso de elección, o el cese como Fallera Mayor o Componente de la Corte de Honor en cualquier momento del ejercicio, si así lo considera la Junta Directiva de la Junta Central Fallera por causa debidamente justificada. En el caso de renuncia voluntaria o cese como componente de la Corte de Honor durante el desempeño del cargo, la Junta Directiva estudiará la idoneidad de ocupar la vacante por una de las candidatas suplentes elegidas por los jurados según el orden de prioridad establecido.
Organización del proceso de Elección Fase
1- Preselecciones por sectores La primera fase de elección denominada Fase 1 se organizará por sectores falleros, y serán las personas vocales electas de estos sectores los que, en nombre de la Junta Central Fallera, se encarguen de la organización de esta fase. Junta Central Fallera establecerá anualmente las fechas en las cuales podrán organizarse las preselecciones y ofrecerá un espacio dentro de la programación de la Gran Feria de Julio para su realización, cada sector sin embargo tendrá libertad para elegir otro lugar donde realizarla asumiendo el costo del acto. En todo caso, los sectores podrán decidir la manera en que organizan internamente la preselección. El número de candidatas elegidas para pasar a la segunda fase del proceso dependerá del número de comisiones que compongan cada uno de los sectores:
• Los sectores formados por hasta 12 comisiones elegirán 2 candidatas mayores y 2 infantiles • Los sectores formados por 13 o más comisiones elegirán 3 candidatas mayores y 3 infantiles Cada sector podrá elegir libremente su jurado, los componentes del cual tendrán que estar libres de cualquier sanción por Junta Central Fallera; por esta razón, se recomienda la consulta con anterioridad a la Delegación de Incidencias.
Para aquellos sectores que no desean elegir un jurado propio, la Directiva de la Junta Central Fallera podrá designar un jurado que pondrá a disposición del sector. Para ello la secretaria abrirá un proceso durante el cual todos aquellos candidatos o candidatas que deseen desempeñar esa función puedan presentar la solicitud acompañada de una declaración jurada donde figuren explícitamente los sectores donde se tienen incompatibilidades, entendiendo por incompatibilidad el pertenecer o haber pertenecido a una comisión del sector o ser miembro de la agrupación a la que pertenezca el sector, tener relación, laboral o sentimental con alguna de las candidatas presentadas por el sector y con sus familias, y el haber sido compañera de Corte de Honor o Fallera Mayor de Valencia el mismo año.
Los jurados tendrán libertad de actuación y de criterio y en el caso de detectar comportamientos extraños por parte de otros jurados o cualquier tipo de presión deberán comunicarlo inmediatamente a los interventores. Aquellos sectores que lo deseen podrán solicitar que el jurado acuda previamente, en un máximo de dos jornadas diferentes, siendo una de ellas el día de la preselección y la otra el día anterior, con el objetivo de reunirse personalmente con las candidatas. En el caso que una candidata no pudiera asistir a la jornada previa con los jurados esta podrá desfilar el día de la Preselección, pero corresponderá a los Presidentes y Presidentas de las comisiones que componen el sector decidir si opta o no en igualdad de condiciones que el resto de candidatas.
Los jurados estarán asistidos por un representante de la Secretaría de la Junta Central Fallera, quien aportará el listado de las candidatas, hojas de escrutinio y modelo de acta que tendrán que rellenar y firmar. Durante la redacción del acta y su firma solo podrán estar presentes los miembros del jurado, el representante de Secretaría y los interventores nombrados por los sectores. Junta Central Fallera se encargará de suministrar las flores para las candidatas de cada sector. Todas las candidatas elegidas de entre todos los sectores pasarán a la siguiente fase de elección denominada Fase 2.
2- Elección de Candidatas a Falleras Mayores de Valencia La segunda fase la organizará Junta Central Fallera, con supervisión de la Junta Directiva, en coordinación con las diferentes delegaciones implicadas. Esta segunda fase se iniciará con un mínimo de 15 días antes del acto de elección.
Al finalizar esta fase se habrán elegido trece candidatas a Fallera Mayor Infantil de Valencia y trece candidatas a Fallera Mayor de Valencia. El jurado, que será el mismo en la segunda y en la tercera fase del proceso estará compuesto por siete miembros para Fallera Mayor Infantil de Valencia y siete miembros para Fallera Mayor de Valencia, todas ellas y ellos mayores de edad.
Será elegido en la siguiente proporción: • 3 miembros serán designados por la Presidencia de la Junta Central Fallera. De estos tres, una será elegida de entre las que ya han sido Falleras Mayores de Valencia y/o componentes de las Cortes de Honor (para la elección de la Fallera Mayor las que hayan sido Falleras Mayores y Corte de Honor mayor y para las infantiles Fallera Mayor Infantil y Cortes de Honor infantiles); las otras dos personas serán del ámbito fallero a ser posible con perfiles relacionados con las funciones propias del cargo de Fallera Mayor. En el caso de jurados infantiles deberán tener perfiles especialmente orientados al trato con niñas y niños.
• 4 miembros serán designados por la Asamblea entre los candidatos presentados con los siguientes perfiles: Presidentes y Presidentas de falla y de Agrupación que lo hayan sido al menos durante 3 ejercicios, consecutivos, o no, miembros de Junta Central Fallera, que lo hayan sido al menos durante 3 ejercicios, y cualquier otro fallero o fallera censado en una comisión de la Junta Central Fallera como mínimo cinco años, consecutivos, o no, estando todos ellos en posesión del Bunyol d’or como mínimo y con el aval de la presidencia de su comisión en todos los casos.
De estos cuatro componentes, al menos dos serán Presidentes o Presidentas de comisiones falleras de JCF. El resto podrán ocupar como máximo una plaza en función del que haya obtenido mayor número de votos:
Mínimo 2 Presidentes/as de falla Máximo
1 Presidente/a de Agrupación Máximo
1 componente de Junta Central Fallera Máximo un fallero/a avalado por su comisión
En caso de empate entre dos o más personas, prevalecerá la mayor recompensa y, de producirse nuevamente el empate, el año de obtención de esta. Requisitos para presentarse a jurado de la Fase 2 y 3
• No podrá ser nombrado jurado, aquella persona que lo haya sido para el mismo proceso (tanto de Fallera Mayor como de Fallera Mayor infantil) durante los cinco ejercicios inmediatamente anteriores, 25/26, 24/25, 23/24, 22/23 y 21/22.
• No se podrá presentar para el mismo jurado más de un candidato por comisión. • No podrán aspirar a jurados del proceso adulto personas con candidata adulta preseleccionada o del proceso infantil aquellas personas con candidata infantil preseleccionada.
• Todas las personas aspirantes tendrán que presentar una solicitud dentro del plazo estipulado adjuntando un currículum personal y fallero en que se detalles especialmente los requisitos marcados por esta convocatoria con el objetivo que pueda ser tomado en consideración por la Asamblea, una fotografía, un documento comprometiéndose a ejercer con garantías la responsabilidad que adquieren manifestando su plena disponibilidad durante el tiempo que dure la Fase 2 y la Fase 3, y una declaración jurada donde se detallen las incompatibilidades que puedan tener con cualquier candidata o sus familias.
Este requisito se exigirá también a los jurados nombrados por el Presidente de Junta Central Fallera. Se entiende por incompatibilidad: – Ser familiar directo de alguna de las candidatas o de algún miembro de su familia. -Tener o haber tenido relación laboral o sentimental con alguna candidata o con algún miembro de su familia. -Haber sido componente de una comisión que tenga candidata preseleccionada. -No haber sido Fallera Mayor de Valencia ni componente de la Corte de Honor el mismo año que alguna de las candidatas presentadas. No se admitirá ninguna candidatura a la que le falte alguno de los requisitos exigidos en estas normas.
• La Directiva de la Junta Central Fallera tendrá potestad para destituir a un miembro del jurado en cualquiera de las fases del proceso, previo informe del interventor, si se detecta una incompatibilidad de las mencionadas que no haya sido declarada por el afectado/a. Así mismo se procederá del mismo modo si se aprecian comportamientos que empañen la limpieza del proceso o irregularidades manifiestas. En esos casos continuarán con el proceso el resto de jurados electos. Desarrollo de las pruebas a realizar durante la Fase 2 y 3
• Los miembros del jurado tendrán que guardar máxima discreción sobre el proceso y las deliberaciones durante el transcurso de todas las fases y velar por el trato justo, equitativo y tratar con la máxima dignidad a todas las candidatas. Todos los componentes del jurado deberán firmar un contrato de confidencialidad con la Junta Central Fallera y en el caso de los jurados infantiles haber presentado previo al inicio de las pruebas el certificado de delitos sexuales.
• Todos los miembros del jurado tendrán la obligación de asistir al 100% de las pruebas que se realicen salvo por causa de fuerza mayor debidamente justificada.
• Las actividades a realizar con las candidatas durante el proceso de selección serán planteadas y gestionadas por la Junta Directiva de Junta Central Fallera antes de comenzar el mismo, tanto para las candidatas adultas como para las infantiles. Los miembros del jurado tendrán también la potestad de plantear actividades que no supongan un gasto económico para la Junta Central Fallera siempre en coordinación con la Junta Directiva.
• Los miembros del jurado estarán obligados a levantar acta de cada una de las actividades realizadas donde figuren los asistentes, nombre de la actividad realizada, horarios de comienzo y finalización, y una descripción de en qué ha consistido y su objetivo, las actas estarán firmadas por todos los componentes del jurado y se entregarán al Secretario General para su custodia una vez finalice el proceso.
• El jurado de la Fase 2 y 3 contará con la presencia de una persona interventora designada por la Junta Central Fallera, sin voz ni voto en ninguna de las deliberaciones del mismo, con el objetivo de velar por el buen funcionamiento del proceso y como testigo ante cualquier posible reclamación. Las personas designadas, una para el jurado de Fallera Mayor de Valencia y otra para el jurado de Fallera Mayor Infantil de Valencia deberán estar presentes en todas las pruebas y actividades que se realicen, así como en las deliberaciones y reuniones oportunas. Esta figura • se limitará a observar el proceso y favorecer la comunicación para la logística de las pruebas acordadas por los miembros del jurado.
• Los criterios del jurado serán libres, el resultado de las pruebas o actividades realizadas deben servir de ayuda y ser determinantes en la deliberación final.
• Esta fase finalizará en el acto público que anualmente se realiza y en el que se nombrarán a las trece candidatas infantiles y trece candidatas adultas que pasarán a la Fase 3. El jurado se reunirá previamente al comienzo del acto y, ante la presencia de un notario colegiado comunicarán al Secretario General de Junta Central Fallera el nombre de las trece candidatas adultas y trece infantiles, así como las 6 suplentes por orden de preferencia. El Notario introducirá las actas con los nombres en dos sobres diferenciados y cerrados que custodiará hasta el momento de la lectura de las elegidas facilitándole al Secretario General estos sobres que abrirá en su presencia.
Fase 3- Elección de las Falleras Mayores de Valencia La tercera fase la organizará Junta Central Fallera con supervisión de la Junta Directiva en coordinación con las diferentes delegaciones implicadas. Esta tercera fase se iniciará en la semana inmediatamente posterior a la finalización de la segunda fase y finalizará en el acto de nombramiento de las Falleras Mayores de Valencia.
Al finalizar esta fase se habrá elegido a la Fallera Mayor Infantil de Valencia y a la Fallera Mayor de Valencia. Las candidatas no elegidas serán las componentes de las Cortes de Honor respectivas. El jurado de esta fase será el mismo de la Fase 2 Al igual que en la Fase 2, las actividades a realizar con las candidatas durante el proceso de selección serán planteadas y gestionadas por la Junta Directiva de Junta Central Fallera antes de comenzar el mismo, tanto para las candidatas adultas como para las infantiles.
Los miembros del jurado tendrán también la potestad de plantear actividades que no supongan un gasto económico para la Junta Central Fallera siempre en coordinación con la Junta Directiva. Los miembros del jurado estarán obligados a levantar acta de cada una de las actividades realizadas donde figuren los asistentes, nombre de la actividad realizada, horarios de comienzo y finalización, y una descripción de en qué ha consistido y su objetivo, las actas estarán firmadas por todos los componentes del jurado y se entregarán al Secretario General para su custodia una vez finalice el proceso.
Esta fase finalizará con la celebración de la Asamblea General Extraordinaria de Junta Central Fallera donde la Alcaldesa de la ciudad nombrará y llamará a las elegidas por el jurado como Falleras Mayores de Valencia para el año 2027. El jurado se reunirá previamente a la celebración del Pleno Extraordinario el mismo día de la elección y comunicará al Secretario General de Junta Central Fallera el nombre de las Falleras Mayores de Valencia. Una vez redactada el acta correspondiente y firmada por todos los miembros del jurado el Secretario introducirá ambas actas en dos sobres diferenciados y cerrados que solo abrirá la Alcaldesa de la ciudad en el momento de la lectura y nombramiento de las elegidas.
En el caso de cese o renuncia de alguna de las elegidas por incapacidad para poder ejercer el cargo se reunirá de nuevo al jurado para que decidan otra candidata que pueda cubrir la vacante. Cualquier aspecto no incluido en estas normas será resuelto, en su momento, por los jurados correspondientes o por la Junta Directiva de Junta Central Fallera.

















