La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha inadmitido la querella presentada por una asociación contra el jefe del Consell por presunto cohecho. La causa se centraba en el pase recibido para presenciar la final del Mundial de Fútbol 2026.
Los magistrados consideran que los hechos denunciados no constituyen infracción penal alguna. En su resolución, remarcan que la querella contra Juanfran Pérez Llorca carece de base fundada y se apoya en conjeturas que pretendían abrir una investigación prospectiva sin indicios sólidos.
La validez de las entradas de cortesía en grandes eventos
El tribunal analiza la figura del cohecho impropio y concluye que este tipo delictivo exige dádivas que superen la cortesía habitual. En este caso, la entrega del pase responde a una costumbre extendida en acontecimientos de gran relevancia pública.
Aunque las localidades alcanzaron en taquilla cifras cercanas a los 6.000 euros, la Sala matiza que ese coste nominal no representa un perjuicio real para los organizadores, que reservan pases institucionales para dar notoriedad al torneo.
Falta de pruebas sobre viajes y otros gastos derivados
La acusación incorporó a la causa un correo anónimo que mencionaba el abono de desplazamientos y estancia hotelera. Sin embargo, el tribunal advierte de que no hay constancia de quién era el receptor de dicho mensaje ni pruebas de que el mandatario autonómico disfrutara de tales condiciones.
El propio reglamento de la federación internacional contempla cupos de acceso protocolario para las entidades participantes. Por todo ello, el tribunal ratifica que la asistencia al encuentro como invitado institucional no infringe el Código Penal.
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