El documento que debía acercar el Ayuntamiento a las urbanizaciones acaba generando desconfianza entre numerosos vecinos
Lo que debía convertirse en una herramienta para mejorar la comunicación entre el Ayuntamiento de Chiva y las urbanizaciones amenaza con convertirse en todo lo contrario. El nuevo borrador del Reglamento del Consejo Territorial de Urbanizaciones y Diseminados ha comenzado a circular entre asociaciones vecinales y representantes de distintas urbanizaciones, y la reacción está siendo muy distinta a la esperada.
La sensación general es clara: un documento largo, excesivamente complejo y lleno de zonas grises que, lejos de facilitar la participación ciudadana, multiplica las dudas sobre quién tendrá realmente el control del nuevo Consejo.
Y no es una impresión subjetiva. Basta leer el texto para comprobar que las preguntas empiezan a aparecer desde las primeras páginas.
Mucho reglamento… pero muy poco poder para los vecinos
El documento dedica decenas de artículos a regular presidencias, vicepresidencias, órganos, mesas de trabajo, convocatorias, votaciones, representación y procedimientos administrativos.
Sin embargo, cuando llega la gran pregunta, la respuesta decepciona.
¿Qué capacidad real tendrá este Consejo para cambiar las cosas?
Prácticamente ninguna.
El propio reglamento deja claro desde el principio que se trata únicamente de un órgano consultivo, deliberativo y de propuesta, mientras que las decisiones seguirán correspondiendo al Ayuntamiento. Más adelante, el texto insiste nuevamente en que todos los acuerdos serán «consultivos y no vinculantes».
Traducido al lenguaje de cualquier vecino: el Consejo podrá hablar, debatir y proponer, pero no decidir.
Y eso hace preguntarse si realmente estamos ante un nuevo órgano de participación o simplemente ante otro espacio donde escuchar a los vecinos sin obligación de hacerles caso.
Un sistema de representación que abre más interrogantes que respuestas
Uno de los apartados que más desconcierta es el sistema de votación.
El reglamento establece que cada representante tendrá un voto, pero añade votos adicionales según el número de habitantes de cada urbanización.
La idea puede parecer razonable… hasta que empiezan las preguntas.
¿Se contará la población empadronada o la real?
¿Qué ocurre con las urbanizaciones donde la mayoría son segundas residencias?
¿Quién certifica esos datos?
¿Se actualizarán durante el mandato?
Sorprendentemente, el reglamento no responde a ninguna de estas cuestiones.
En un órgano donde cada voto puede resultar decisivo, dejar sin definir algo tan básico supone abrir la puerta a futuras controversias.
¿Quién decide quién representa realmente a una urbanización?
Aquí aparece uno de los puntos más delicados del documento.
El artículo 9 establece que los representantes deberán pertenecer a las asociaciones vecinales.
Hasta ahí todo parece lógico.
Pero el problema surge cuando existen varias asociaciones dentro de una misma urbanización.
Si no llegan a un acuerdo, será la Presidencia y la Vicepresidencia del Consejo quienes decidirán cuál de ellas representará oficialmente a todos los vecinos atendiendo al número de socios.
Es decir, el propio órgano político termina eligiendo quién hablará en nombre de la urbanización.
Resulta difícil no preguntarse si esta fórmula puede generar conflictos, suspicacias o acusaciones de falta de neutralidad.
Porque precisamente la representación vecinal debería estar fuera de cualquier duda.
Un concejal con un poder casi absoluto dentro del Consejo
Otro aspecto que llama poderosamente la atención es el enorme protagonismo que adquiere la Vicepresidencia Ejecutiva, cargo que corresponde al concejal de Urbanizaciones.
Según el reglamento, será quien coordine el funcionamiento del Consejo, organice reuniones, prepare los órdenes del día, impulse mesas de trabajo, haga seguimiento de acuerdos, mantenga la interlocución permanente con los representantes y canalice prácticamente toda la actividad del órgano.
La pregunta vuelve a surgir sola.
¿Estamos creando un órgano de participación ciudadana o un Consejo completamente dirigido desde el propio Ayuntamiento?
El equilibrio entre participación vecinal y control político queda, cuanto menos, difuso.
Un reglamento que complica lo que debería simplificar
Quizá uno de los mayores problemas del documento sea precisamente su redacción.
Hay funciones que aparecen repetidas varias veces.
Conceptos que vuelven una y otra vez.
Artículos que desarrollan prácticamente las mismas ideas.
Errores gramaticales.
Referencias internas poco claras.
Y una estructura que obliga al lector a regresar continuamente sobre páginas anteriores para entender cómo encajan unas competencias con otras.
Lejos de ofrecer seguridad jurídica, el texto transmite la sensación de encontrarse todavía en una fase muy verde de elaboración.
Las grandes ausencias del reglamento
Pero quizá lo más llamativo sea lo que no aparece.
El reglamento no establece plazos para que el Ayuntamiento responda a las propuestas del Consejo.
No obliga a justificar por qué se aceptan o se rechazan las iniciativas vecinales.
No incorpora indicadores para evaluar si el Consejo funciona.
No prevé mecanismos de transparencia para que los vecinos conozcan qué ocurre con sus propuestas.
En definitiva, regula cómo reunirse… pero apenas explica cómo garantizar que esas reuniones sirvan realmente para algo.
Un documento que necesita una profunda revisión
La creación de un Consejo de Urbanizaciones puede ser una excelente noticia para Chiva. Nadie discute la necesidad de mejorar la comunicación entre el Ayuntamiento y unas urbanizaciones que llevan años reclamando más atención.
Pero precisamente por esa importancia, el reglamento debería ser un ejemplo de claridad, sencillez y transparencia.
Hoy ocurre justo lo contrario.
Demasiada burocracia.
Demasiadas competencias concentradas.
Demasiadas decisiones abiertas a interpretación.
Y demasiadas preguntas sin respuesta.
Porque cuando un reglamento necesita varias lecturas para entender quién decide, quién representa y quién manda, quizá el problema no sea el lector.
Quizá el problema sea el propio reglamento.
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